Zona Libre de Comercio Exterior #61

La Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico (CCE) es el operador de la Zona Libre de Comercio Exterior Núm. 61 de San Juan. Tras la expansión de las colindancias de la Zona todos los terrenos pertenecientes a la CCE en Mayagüez y el área metropolitana pueden recibir los beneficios de operar bajo el programa de zona libre.

El programa de zonas libres es una alternativa de desarrollo económico para Puerto Rico y crecimiento para las empresas. Los beneficios de operar en una zona de libre comercio pueden significar ahorros significativos en los gastos operacionales y una oportunidad para considerar nuevas oportunidades de negocios local e internacionalmente.

Una Zona Libre de Usos Múltiples (Zona Libre General) es un área definida, de acceso controlado, considerada como si estuviera fuera del territorio del Servicio de Aduana de los Estados Unidos; situada dentro o adyacente a un puerto de entrada. En la Zona de Usos Múltiples se puede acomodar todo tipo de mercancía que legalmente pueda ser mercadeada en los Estados Unidos y/o en los mercados extranjeros.

 Los espacios de almacén que ofrece la CCE, y que pueden ser activados bajo el programa de Zona Libre poseen todos los componentes necesarios para facilitar el transporte, distribución, logística, almacenaje, re-exportación y otras actividades de valor añadido. Además, cuentan con una localización estratégica al estar adyacentes a zonas portuarias y a las principales vías de rodaje de la Isla.

La Zona 61 actualmente ofrece servicios a 66 empresas de diversos sectores industriales, entre éstos: equipos audiovisuales, equipo electrónico, productos farmacéuticos, alimentos, productos automovilísticos, productos químicos, perfumería, cosméticos, licores y calzado, entre otros.

Esta Zona nos convierte en uno de los mayores centros de distribución y re-exportación para el Caribe y Latinoamérica, así como punto de trasbordo para carga destinada al Caribe, Centro y Sur América.

Alguno de nuestros clientes son:

  • Im Ex Zone Logistics, Inc.           
  • Sea Air Systems
  • Air Green Corp.           
  • Almacenes del Castillo
  • Overseas of the Caribbean, Inc.
  • Cosmopar, Inc. 
  • Castell Exports, Inc.           
  • El Morro Ship Chandler
  • Renwick Corporation           
  • SMT Duty Free PR, Inc.
  • Stone Cold LLC

Beneficios de la Zona Libre

Las empresas establecidas en la Zona Libre de Comercio pueden disfrutar de los siguientes beneficios:

  • Exención del pago de aranceles (duties) y arbitrios para la mercancía extranjera que es admitida en la Zona.
  • Sin límite de tiempo para el almacenaje de la mercancía, ni el requisito de especificar su destino final.
  • Desde la Zona Libre la mercancía puede ser exportada o transportada a otra Zona Libre o Subzona sin pagar aranceles ni arbitrios. 
  • Los aranceles y arbitrios son pagados solamente cuando la mercancía es introducida en el país; es decir, que el pago de aranceles y/o arbitrios puede ser diferido al momento de la venta.
  • La mercancía que se mueve a la Zona Libre para el propósito de su eventual exportación puede ser objeto de reembolso de los aranceles pagados.
  • Libre elección de pagar la tasa más baja aplicable, ya sea de los componentes o del producto terminado.
  • No se pagan aranceles por el valor añadido que pueda ser atribuido a procesos de manufactura y ensamblaje en la Zona Libre.
  • No se pagan aranceles ni arbitrios por la mercancía, componentes o productos que son destruidos en la Zona Libre, ni por la pérdida de materia prima en los procesos de manufactura.
  • Exención del pago de impuestos sobre el inventario para toda la mercancía extranjera y doméstica que es mantenida en la Zona para exportación. 
  • La Zona está libre de las restricciones de cuota que establecen los Estados Unidos.
  • La Ley 159 de 2004, según enmendada, también exime del pago de contribuciones toda propiedad mueble o inmueble que se encuentre en una zona activada; incluyendo, sin limitarse inventarios y equipos.

Subzona de manufactura

Existen otras alternativas para que las empresas con necesidades particulares puedan beneficiarse del mismo.

Una subzona es un área de acceso controlado, dentro de las propias instalaciones de la empresa, usualmente de manufactura, cuyas actividades de zona libre no pueden ser trasladadas o establecidas en una Zona Libre General. En este caso, los predios de la empresa se convierte en sus colindancias y desde ahí pueden operar bajo el programa.
Las subzonas están sujetas a las mismas reglamentaciones y parámetros como una Zona Libre General. Entre las empresas que participan como subzonas podemos mencionar: Pepsi Cola Manufacturing y Baxter.

Subzona de distribución

La Junta de Zonas Libres también provee para expandir la zona libre de usos múltiples mediante un mecanismo de expansión a terrenos privados, que se logra a través de la autorización del dueño de los terrenos para que éstos puedan ser utilizados como bajo el programa de zona libre. Estos terrenos privados entonces son incluidos parte de las colindancias de la Zona.

Por lo tanto, el negocio puede operar como zona libre desde sus mismas instalaciones obteniendo todos los beneficios que el programa de zonas libres ofrece. Esto también incluye la oportunidad de realizar procesos de manufactura con un permiso expreso de parte de la Junta de Zonas Libres para dicha actividad. Estas expansiones de la zona de usos múltiples son utilizadas generalmente para negocios de almacenaje y distribución.

Entre las empresas que participan del programa como subzona de distribución se encuentran: Garage Isla Verde, Rooms to Go Puerto Rico, Able Sales Company, Trafon, Bella International, entre otros.