Programa de Política Pública Energética (PPPE)

¿Quiénes somos?

El Programa de Política Pública Energética (PPPE) del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio se encarga de desarrollar y promulgar la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico, en virtud de la Ley Núm. 141 del 11 de julio de 2018, también conocida como Ley de Ejecución del Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, de 2018. Entre sus múltiples funciones, se encarga de administrar y operar distintos programas federales, entre ellos, el Programa de Climatización de Hogares (WAP, por sus siglas en inglés), el Programa Estatal de Energía (SEP, por sus siglas en inglés) y el Programa Estatal del Fondo de Energía Verde, con el propósito principal de fomentar la eficiencia energética e introducir las energías renovables a la red eléctrica de Puerto Rico. En virtud de la Ley 17-2019, se persigue mitigar la depenadencia de Puerto Rico en las plantas centralizadas de combustibles fósiles y optimizar los recursos energéticos disponibles que permitan construir resiliencia y, en última instancia, facilitar que la isla pueda obtener el 100% de su energía de fuentes renovables para el 2050.

Base Legal

  1. Ley Núm. 114 de 16 de agosto de 2007, Ley de Medición Neta
  2. Ley Núm. 57 de 27 de mayo de 2014, Ley de Transformación y Alivio Energético de Puerto Rico.
  3. Ley Núm. 141-2018, Ley de Ejecución del Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de 2018
  4. Ley Núm. 17 de 11 de abril de 2019, Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico
  5. Ley Núm. 60 de 1 de julio de 2019, Código de Incentivos de Puerto Rico 
  6. Reglamento Núm. 8682, Energy Savings Performance Contract Program Amended Regulation
  7. Reglamento 7796 para Sistemas de Energía Renovable

Apoyo energetico

Apoyo Energético

El Gobierno de Puerto Rico asignó $20 millones provenientes del American Rescue Plan Act (ARPA), para poner en vigor el programa Apoyo Energético, el cual proveerá hasta un máximo de $25,000 a pequeños y medianos comerciantes que cualifiquen, para instalar sistemas de energía verde en sus negocios, lo que les ayudará a estabilizar su funcionamiento y a reducir costos y el consumo energético a largo plazo.

Tanto los suplidores de energía verde como los pequeños y medianos comerciantes, podrán acceder a las Guías del Programa para conocer los requisitos y especificaciones necesarias para cualificar.

El Programa de Política Pública Energética (PPPE) del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) recibirá las solicitudes de los comerciantes que cualifiquen para obtener el incentivo. Cada solicitud se evaluará tomando en consideración diversos criterios, tales como la región donde ubica el comercio, los servicios que provee, el sector económico que representa, ingresos, cantidad de empleados, ahorros del proyecto, no haber recibido incentivos anteriormente, ser una empresa con al menos dos años de establecida, si exporta o no, y si ha realizado adelantos en ahorros energéticos en las facilidades del negocio. Una vez otorgado el incentivo, los beneficiarios tendrán hasta un máximo de 12 meses para utilizarlo. El desembolso será realizado directamente al suplidor, luego de completado y certificado el trabajo. En caso de que el costo del proyecto sea menor a $25,000, el incentivo cubrirá el 100% del costo. Si es mayor, el comerciante cubrirá la diferencia pagándole directamente al suplidor seleccionado.

El objetivo principal de este incentivo es ayudar en la transición de las empresas puertorriqueñas hacia una energía más limpia y eficiente, integrando sistemas de energía renovable, bajar sus costos operacionales y hacerlas más competitivas mediante mejoras de eficiencia energética e infraestructura para vehículos eléctricos. El incentivo provisto debe ser funcional y ajustarse a las necesidades de los consumidores.

Apoyo Energético es parte de los esfuerzos realizados para transformar la energía hacia una más confiable y resiliente, y adelantar la política pública establecida en la Ley Núm. 17 del 2019, promoviendo el uso de fuentes de energía renovable.

Actividades Elegibles para el Uso del Incentivo:

  1. Proyectos de energía renovable y almacenamiento (baterías)
  2. Medidas de eficiencia energética
  3. Infraestructura para cargar vehículos eléctricos

Para más detalles de este incentivo, visita refuerzoeconomico.com

Certificaciones

REQUISITOS PROFESIONALES Y EDUCATIVOS

1.Ser Perito Electricista o Ingeniero Electricista licenciado.

2.Presentar copia certificada que indique el haber aprobado y tomado un curso, certificado por el PPPE, que cumpla con los siguientes requisitos:

                    a. El curso tiene que ser de un mínimo de 30 horas contacto (30 PDH 13 CEU).

                     b. El curso cubrirá, como mínimo, los siguientes temas:

• Normas en Puerto Rico que regulan la venta e instalación de sistemas fotovoltaicos

•Conceptos básicos de electricidad, aplicables a sistemas fotovoltaicos.

  • Fundamentos de energía solar y aplicaciones

•Tipos de sistemas fotovoltaicos

•Componentes en sistemas fotovoltaicos

• Instalación de sistemas fotovoltaicos

• Interconexión a sistema eléctrico

• Sistema de soporte y anclaje

• Pruebas de Aceptación

• Resolución de Problemas («Troubleshooting»)

c.   Si el curso fue ofrecido o convalidado por el colegio profesional del solicitante como curso de educación continua, el solicitante deberá proveer la información necesaria para demostrar que el curso cumple con las características esbozadas en el Artículo 14 (A)(2) del Reglamento Núm. 7796 (Reglamento para la Certificación de Instalador de Sistema de Energía Renovable Solar (Fotovoltaico).

d.  La aprobación del curso estará sujeta a la aprobación satisfactoria de un examen comprensivo que cubra los temas mencionados.

e.  Cada examen tiene que ser guardado por la entidad que lo ofrece por un periodo no menor de un (1) año.  

3. También se certificará a aquellos que cumplan con el Artículo 14(A)(1) y con uno de lo siguiente:

a. Presenten prueba certificada de haber aprobado el examen del NABCEP, aunque no hayan tomado curso alguno.

b. Presenten prueba certificada de haber tomado un curso en Estados Unidos (EE.UU.) que sea de un mínimo de 30 horas contacto (30 PDH / 3 CEU) y de los requisitos esbozados en la sección 2(b) del Artículo 14 (A).

c. En ambos casos, el 3(a) y el 3(b) del Artículo 14 (A), el solicitante tendrá que complementar su educación y su conocimiento con un curso de educación continua, aprobado por el Programa, de cuatro (4) horas mínimo, sobre las normas, leyes, reglamentos y códigos en Puerto Rico aplicables a estos sistemas.

Listado Instaladores Fotovoltaicos  Solicitud de Certificado de Instalador de Sistema Fotovoltaicos

REQUISITOS PROFESIONALES Y EDUCATIVOS

1.​Ser Ingeniero Licenciado
2. Presentar copia certificada que indique el haber tomado y aprobado un curso que cumpla con los siguientes requisitos:

 a. El curso tiene que ser de un mínimo de 20 horas contacto (20 PDH / 2 CEU)

 b. El curso cubrirá, como mínimo, los siguientes temas:

i. Normas en Puerto Rico que regulan la zonificación, construcción de aerogeneradores y sus sistemas de soporte

ii.Diseño y construcción de torres de soporte para aerogeneradores

iii.Conceptos de estimado de generación y optimización de ubicación de aerogeneradores

iv.Conceptos de cómputos de cargas estáticas y dinámicas en torres de aerogeneradores

v.Componentes en sistemas eólicos

vi.Anclaje de torres para el soporte de aerogeneradores

vii.Pruebas de Aceptación

viii.Mantenimiento de aerogeneradores y sus torres.

c. La aprobación del curso estará sujeta a la aprobación satisfactoria de un examen comprensivo que cubra los temas mencionados.

​d. Cada examen tiene que ser guardado por la entidad jurídica que lo ofrece por un periodo no menor de un (1) año. El Programa de Política Pública Energética (PPPE) se reserva el derecho de inspeccionar estos exámenes. ​

Vigencia y Renovación del Certificado

​            1. El Certificado tendrá una vigencia de cuatro (4) años.

2. Para solicitar la renovación del Certificado de Instalador correspondiente, el solicitante proveerá evidencia de:

  • Colegiación activa
  • Haber tomado un curso de tres (3) horas mínimo sobre sistemas eólicos para la Certificación de Instalador de Aerogeneradores. El curso tomado deberá ser aprobado por el PPPE previamente, según surgirá de una lista que el PPPE publicará en su página cibernética.

3. No se renovarán Certificaciones de Instaladores que no cumplan con estos requisitos.

4. La renovación del Certificado de Instalador deberá solicitarse dentro de los sesenta (60) días calendario, anterior a la fecha de su expiración. Ninguna persona podrá realizar instalación alguna mientras su Certificado de Instalador correspondiente esté expirado, exceptuando aquellos casos en que el Instalador haya radicado la solicitud de renovación del Certificado de Instalador dentro de los sesenta (60) días calendario, anteriores a la fecha de expiración del Certificado de Instalador, y el PPPE no haya autorizado la renovación del mismo dentro de un término de treinta (30) días calendario, a partir del recibo de la solicitud.

La Ley 101 del 9 de julio de 1985, según enmendada, faculta a la PPPE a conceder una certificación para un crédito de hasta un máximo de once por ciento (11%) en la facturación mensual de consumo de energía de todo hotel, condo-hotel, parador, pequeñas hospederías o casas de huéspedes cualificadas por la Compañía de Turismo.


REQUISITOS DE ENTREGA

  1. Presentar una Auditoría Energética al PPPE. De cumplirse con los requisitos de dicha Ley, el PPPE remitirá una certificación al efecto a la Autoridad de Energía Eléctrica o su sucesora para la concesión del referido crédito.

Vigencia y Renovación del Certificado

  1. 3 años para los hoteles, condo-hoteles desde que obtenga el crédito
  2. 5 años para paradores, pequeñas hospederías y casas de huéspedes

La Ley 4 del 16 de febrero de 2016 en su artículo 15 y el Comunicado técnico 16-03, establecen que, para cada solicitud de alumbrado público nuevo o sustitución de alumbrado público existente, el PPPE debe endosar la solicitud tomando en consideración la razonabilidad de eficiencia de la nueva luminaria. Esto, con el propósito de lograr mejores ahorros energéticos al menor costo razonable. 


REQUISITOS DE ENTREGA

  1. Memorial descriptivo del proyecto
  2. Plano de situación con la localización de las luminarias

PPPE emitirá endoso a luminarias, según su razonabilidad y los criterios de eficiencia de los equipos a instalarse.

Programas Federales (DOE)

A.Weatherization Assistance Program (WAP)

En el año 1976, elU.S. Department of Energy(DOE) creó el Programa de Climatización de Hogares (WAP, por sus siglas en inglés), para asistir a familias de bajos ingresos que carecen de recursos para invertir en eficiencia energética. En el año 2009, Puerto Rico fue incluido por primera vez en el WAP.

  • El Programa tiene como misión, reducir el costo energético residencial mientras asegura la salud y bienestar de las familias elegibles, priorizando hogares con niños, personas de edad avanzada y personas con incapacidad. El objetivo principal del Programa es aumentar el número de hogares climatizados en Puerto Rico.

¿Quién es elegible?

Son elegibles para climatización, las unidades de vivienda que cumplen por lo menos con uno (1) de los siguientes requisitos de elegibilidad:

  • Ingresos – Se consideran elegibles las unidades de vivienda ocupadas por familias o individuos con ingreso igual o menor al 200% del nivel de pobreza.
  • Ayudas – Se consideran elegibles las ayudas de vivienda ocupadas por uno (1) o más individuos que hayan participado en alguno de los siguientes programas de asistencia económica durante los pasados 12 meses:
  • Título IV de la Ley de Seguro Social (TANF)
  • Programa de Asistencia Nutricional (PAN)
  • Programa de Asistencia de Energía a Hogares de Bajos Recursos (LIHEAP)
  • Personas que paguen tarifa fija de electricidad, NO son elegibles bajo el Programa.
  • Puede solicitar si es dueño o inquilino de la propiedad donde reside.

¿Cuáles son los requisitos para participar?

  1. Residente de la unidad de vivienda
  2. 18 años o más, legalmente independiente
  3. Jefe de familia, cónyuge o su representante autorizado
  4. Ciudadano americano o residente permanente
  5. Propietario o inquilino, con autorización del propietario
  6. Responsable por el pago de la factura de electricidad de la residencia

¿Cómo puedo solicitar?

El candidato solicita al Programa, llamando a un Centro de Llamadas en las fechas establecidas en los Avisos Públicos del DDEC.

¿Qué tipos de climatización se pueden hacer en mi hogar?

  1. Reemplazo de bombillas incandescentes por bombillas fluorescentes compactas o LED.
  2. Reemplazo de neveras por unidades más eficientes.
  3. Reemplazo de acondicionadores de aire tipo ventana, por unidades más eficientes (límite 3).
  4. Reemplazo de cabezales de duchas.
  5. Trabajo que mitigue problemas relacionados con la salud y seguridad. (Ej. Instalación de alarma de monóxido de carbono).
  6. Reemplazo de calentadores eléctricos por calentadores solares.
  7. Educación sobre calidad de aire interno, como por ejemplo: ahorro de energía, presencia de hongo, moho y plomo en el hogar.

Informes

B. State Energy Program (SEP)

El State Energy Program fue creado por el U.S. Department of Energy (DOE) a principios de la década del 1970, para facilitar la implementación de programas estatales con medidas de eficiencia energética y energía renovable. El propósito del SEP es promover el uso eficiente de la energía y reducir el consumo y demanda de energía, a través del desarrollo e implementación de programas que apoyen la Política Pública Energética de Puerto Rico. A través del SEP, el Programa de Política Pública Energética del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio ha continuado sus esfuerzos dirigidos a, pero sin limitarse a, las siguientes iniciativas:

  • Proyecto de modernización de los sistemas de iluminación, como parte de las mejoras de eficiencia energética en instalaciones gubernamentales
  • Instalación de estaciones de recarga de vehículos eléctricos
  • Programa de auditorías energéticas en agencias de gobiernos y municipios
  • Instalación de sistemas fotovoltaicos
  • Acuerdos colaborativos con entidades educativas, para la investigación y evaluación de nuevas tecnologías
  • Orientación sobre el cumplimiento con la Política Pública Energética, como plan de acción
  • Programa que fomenta los proyectos de eficiencia, energía renovable y educación, para reducir el consumo de energía eléctrica del Gobierno
  • Desarrollo anual del “Energy Assurance Plan” de Puerto Rico, junto al Departamento de Energía federal.

Oportunidades de Incentivos

  1. ​Exención Contributiva (Ley 60)

Proyectos Pasados

AgroSolar

  1. Proyecto en Colaboración con el Departamento de Agricultura con el PPPE del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio para impactar un total de 131 agroempresas.
  2. El proyecto fue una inversión total de $9.3MM y proyecta un ahorro anual aproximado de $875,000 durante el primer año.
  3. En adición a proveer ahorros en el consumo de energía, en 89 de las facilidades se integraron sistemas de almacenamiento para mantener energizadas las cargas críticas de las facilidades durante cualquier falla en el sistema eléctrico.


Sistema solar y almacenamiento Isla de Mona

Se instalaron dos sistemas fotovoltaicos con almacenamiento: Uno de 2 kilovatios y otro de 18 kilovatios para energizar las instalaciones del Departamento de Recursos Naturales. Estas instalaciones incluyen: áreas de investigación, centro de visitantes, cafetería y 4 habitaciones.

La logística de este proyecto incluyó la movilización de equipo y materiales por parte de la Guardia Nacional de Puerto Rico.

El costo total del proyecto, realizado en octubre de 2019, fue de $268,019.76. Este proyecto resultó en la compensación de 65,850 Kwh’s en un mes, eliminando el uso de generadores para cubrir las necesidades de sus operaciones diarias.


Enlaces de Interés

Contactos:

  • Director Programa de Política Pública Energética (PPPE) - Carlos Tejera Fernández
  • Gerente Programa de Energía del Estado (SEP) - Ing. Gerardo Rodríguez Domínguez
  • Gerente Programa de Climatización de Hogares (WAP) - Brenda Y. García Rosario
  • Email: energia@ddec.pr.gov